Yo estoy ahora mismo haciendo ERTE's a cascoporro. Que no es mi especialidad, pero la verdad es que está siendo un filón por lo que pueda pasar en los meses venideros.
Ya me jode, pero es que la abogacía en un sector que siempre pesca a rio revuelto.
El hilo de los Parados
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Yo la verdad es que prefiero que la gente delinca, que estafen y delitos de malversación y alzamientos de bienes, que es lo que a mi me gusta. A mi es que el laboral emojimascarilla. Pero oye, a caballo regalado...
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Por cierto, que si alguien tiene alguna duda de como se aplican los RDs y de como le afectan los ERTE's que sepa que puede escribirme por aquí o por privado y trataré de echar una mano si entra en mis conocimientos.
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Lo mio jodido. Cuando nos iba bien bien era porque venian chinos o Latam. Ahora no vendrá nadie y el cliente local, que no era malo, va a ver reducida su capacidad adquisitiva. Eso si, tendrá que haber descuentazos porque las marcas tendrán que quitarse de encima todo el stock de esta temporada.
¿Qué era lo tuyo @Narizsucia?
Outlet de marcas de lujo
Voy cogiendo sitio por aquí. Autónomo con todos sus clientes en ERTE y todas las sesiones de fotos canceladas los próximos dos meses. Ah, y pagos cancelados de las facturas de los últimos dos meses también. De trabajos ya entregados. Besis.
Que putada. ¿Puedes acceder al subsidio por haber perdido más del 75% de los ingresos?
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Animo @dardo, vaya mierda
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^^^ no porque he facturado más, aunque no lo vaya a cobrar de momento :neutral:
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Eso sí, hoy la cuota de autónomos bien pagadita, no vaya a ser...
¡Gracias chicos!
@Dardo, supongo que esto te lo está llevando una gestoría o tu abogado, pero no podéis alegar que la diferencia está en los ingresos y no en la facturación, además de probar con la reclamación a tus clientes que las facturas no se han abonado?. Te lo digo porque el RD, si bien es verdad que habla de una disminución del 75% de la facturación, más adelante, en el punto 3º permite probar con los libros de ingresos esa disminución:
La acreditación de la reducción de la facturación se realizará mediante la aportación de la información contable que lo justifique, pudiendo hacerse a través de la copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos.
Te lo digo porque los RD que están sacando están redactados deprisa y corriendo y fatal y los abogados nos las estamos viendo y deseando para interpretarlos y aplicarlos, y bueno, pudiera ser que por la parte de la acreditación de los ingresos pudieras acceder al subsidio.
Gracias @milodicox ! Justo me lo está mirando mi gestora, a ver si encuentra algo a lo que poder aferrarme ! Le informaré de esto que me comentas.
Es una idea, pero ya digo, los RD están llenitos de agujeros y no creo que ni ellos mismos hayan contemplado todos los supuestos. A ver si hay suerte! besis
<3 :*