@ignasi, ese artículo es desconocer completamente como funciona nuestro ordenamiento jurídico en su vertiente más básica. Tanto la fiscalía como muy especialmente el juez instructor se basaron en los indicios que tenían en el momento. De ahí que en nuestro ordenamiento jurídico haya dos fases totalmente diferenciadas, la instrucción o investigación y la fase de juicio o plenario: en la fase de instrucción, el instructor no juzga, no se pronuncia sobre la veracidad de los hechos: únicamente se limita a recoger los indicios que una y otra parte aportan al procedimiento y ver si hay indicios de comisión de delitos, únicamente eso. Pero precisamente para garantizar la independencia, la investigación o instrucción la realiza un juez y el enjuiciamiento otro (o como en este caso, otros). El instructor no realiza la calificación de los hechos que va a elevar al tribunal superior, eso lo hace quién acusa. Únicamente le recoge en bandeja los indicios y se los manda al enjuiciador. Es en la fase de plenario (el juicio, para que nos entendamos) donde se practican todas las pruebas y es en ese momento, al final del juicio, donde las partes, en base a las pruebas que se han practicado en la vista, donde acusaran de los delitos que crean que se han cometido. El juez Pablo Llarena hizo una muy buena instrucción, pero ni podía entrar a valorar los hechos (se lo prohíbe expresamente la ley) ni podia cambiar la calificación delictiva que hacían las partes.
La fiscalía hacía su trabajo, que es acusar y tratar de solicitar el maximo de delitos, ¿por qué? Porque lo que no pida en instrucción luego tiene vetado pedirlo en la fase de plenario para así evitar las denominadas acusaciones sorpresivas y que no se haya precisto defensa para ellas. Asi pues, la fiscalía siempre pide todo lo que pueda pedir para luego poder depurarse a si misma en el juicio.
De los medios y partidos conservadores no opino porque no tengo nada bueno que decir.