Llego tarde a esto, pero lo que ha dicho @Delapuert y sobre todo @Kilgore.
El estado de alarma es lo único que habilita para modular la libertad de circulación de la generalidad de los españoles. La legislación de salud de pública permitiría limitaciones referidas a personas concretas, pero no a la totalidad de la población. A menos que queramos una modificación legislativa de dudosa constitucionalidad que haga de lo excepcional ordinario: un estado de alarma permanente sin las garantías y controles del estado de alarma.
Con los problemas de encaje del estado de alarma en la situación actual, es el instrumento constitucional más apropiado para afrontarla, el menos limitativo y político (a diferencia del estado de excepción) y el que garantiza que, una vez termine el mismo, las normas excepcionales decaigan. Es una sandbox para la excepcionalidad jurídica.
Al margen de lo anterior, se han anudado determinadas medidas a la duración del estado de alarma (ERTEs, prestación de cese de actividad de autónomos...), que si bien podrían haberse articulado de otra forma, lo cierto es que lo lógico es que se hiciese así... ¿Que el Gobierno podría ver como solucionar el desaguisado si no se prorrogase el estado de alarma? Obvio. Pero tampoco le va a allanar el camino a la oposición antes para que no asuma el coste político de sus decisiones.
Y todo esto sin perjucio de la falta cintura política en el Gobierno (en la oposición ni pierdo el tiempo en decirlo).