Esto es lo que hemos encontrado en el Diccionario panhispánico de dudas sobre «llamar»:
c) Significa también «aplicar [a alguien o algo] una denominación o calificativo»: «Vino al mundo un niño a quien llamaron Rolf» (Allende Eva [Chile 1987]); «¡No llames víbora a mi mujer!» (Gallego Adelaida [Esp. 1990]). Con este sentido era transitivo en latín y se construía con doble acusativo. Ya desde los orígenes el español vaciló entre usar en este caso las formas de dativo le(s) o las de acusativo lo(s), l(a)s, vacilación que se ha mantenido hasta la época actual: «En España a la papa le llaman patata» (Huneeus Cocina [Chile 1989]); «Presiento una hija y […] la llamaré Juana» (Cabrujas Acto [Ven. 1976]). A pesar de esta vacilación tradicional, hoy se recomienda el uso de los pronombres lo(s), la(s), pues el complemento que expresa la persona o cosa nombrada funciona como sujeto en la construcción pasiva: La niña fue llamada Juana; a esto se añade que el complemento predicativo, que es el que expresa el nombre o calificativo aplicado, solo puede referirse gramaticalmente a un sujeto o a un complemento directo, nunca a un complemento indirecto.
En estos momentos tenemos un agitado debate entre nosotros que resolveremos definitivamente con ayuda de nuestros amigos y lectores, pero una cosa está más clara que nada. Desde hoy, ‘A esto le llamas amor’ es un clásico del pop para recordar las normas de la Gramática española. A partir de que en unas horas pronunciemos el veredicto definitivo, la canción nos servirá para hablar con propiedad. ¡Gracias, Malú!