Gracias @milo es que estaba leyendo esto que me he encontrado. ¿Prohibidas las navajas de más de 11 cms, los puñales de menos de 11 cms y las automáticas?
Artículo 4.1, letra f), del reglamento de armas:
1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones:
f) Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
Artículo 5.3, párrafo segundo, del reglamento de armas:
También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.