Copio de la web del SEPE:
Requisitos:
1- Pertenecer al colectivo de trabajador eventual agrario por cuenta ajena. Además, estar empadronado o empadronada y con residencia en alguna localidad de Andalucía o Extremadura un mínimo de 10 años.
2- No haberse beneficiado del subsidio por desempleo agrario en alguno de los 3 años anteriores a la solicitud.
3- Estar inscrita o inscrito en el censo del SEASS ininterrumpidamente en los 12 meses anteriores a la solicitud, y los mayores de 45 años, entre 5 y 20 años. Asimismo, estar al corriente del pago de la cuota fija.
4-Haber cotizado en el SEASS en los 12 meses naturales inmediatamente anteriores a la situación de desempleo un mínimo de 35 jornadas reales.
5-No tener rentas de cualquier tipo que en cálculo anual superen la cuantía del salario mínimo interprofesional, sin contar las pagas extraordinarias, y no superar el límite familiar de rentas establecido. Para el cálculo de las rentas se tendrá en cuenta su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, será el que resulte de la diferencia entre los ingresos y los gastos que se necesiten para obtener dichos ingresos. Las ganancias patrimoniales son el resultado de la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.
6-Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
Duración y cuantía:
La cuantía se fijará según el número de jornadas reales trabajadas que se justifiquen y el indicador público de la renta de efectos múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento, según la siguiente escala:
Cuantía y pago de la renta según número de jornadas
Número de jornadas reales Porcentaje sobre el IPREM
De 35 a 64 80%
De 65 a 94 85%
De 95 a 124 91%
De 125 a 154 96%
De 155 a 179 101%
Desde 180 107%
El número máximo de días que se percibirán al mes se calcula restando a 30 el número de días trabajados o percibidos de prestación por incapacidad temporal, maternidad o paternidad.
La duración de la renta dependerá de la edad de la persona solicitante y de las responsabilidades familiares que tenga en la fecha de la solicitud, así como del número de jornadas reales trabajadas en los 12 meses anteriores a la situación de desempleo, según la siguiente escala:
Duración de la renta según edad y cargas familiares
Edad Sin responsabilidades familiares Con responsabilidades familiares
De 16 a 24 años 3, 4 días de renta/día trabajado, con un máx. de 180 días de derecho 180 días
De 25 a 51 años 180 días 180 días
De 52 o más años 300 días 300 días
Comenzará a percibir la renta al día siguiente en que se cumplan tres meses desde su fecha de solicitud, salvo que en dicho plazo consiga trabajo o participe en acciones de inserción laboral en cuyo caso, el pago comienza el día siguiente al que finalice la primera colocación o inicie la primera acción de inserción laboral.
El pago de la renta se realizará, salvo excepciones , mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que usted indique, siempre que sea titular de la misma.