@Caotico para ser transparentes el primer requisito es no tener el alma NEGRA y no ser un enviado de Satán. Normal que no quieran... además, tendrían que destapar sus chanchullos, cuentas en suiza, etc.
REAL DECRETO 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas
Artículo 67:
"2. Queda terminantemente prohibida la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades. Al infractor, además del decomiso de las localidades, se le impondrá una multa, especialmente si se tratará de revendedor habitual o reincidente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de este Reglamento."
SECCIÓN CUARTA.- INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 81. Son infracciones del presente Reglamento: ... La reventa callejera o ambulante de billetes o localidades o la percepción de sobreprecios superiores a los autorizados.
Si nos atenemos a la literalidad de la norma no debería haber ningún problema en la reventa cuando la misma no se realice en la calle o de forma ambulante y por lo tanto sería plenamente lícita si se realiza por internet, pero si se consintiese esto no se tendría en cuenta que la norma esta hecha en 1982, muy lejos de la época presente y bajo el prisma del mandato del Código Civil, que en su artículo 3.1 obliga a interpretar las normas:
"Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas."
Es decir que no es excusa que no se prevea la reventa por internet para consentirla, es por ello que las entradas se regalan junto con la venta de un producto diferente, algo que en principio no supone revender la entrada.
Ahmmmm... tiene q haber algún recoveco legal para venderlas de todos modos, pensaba q era más habitual por aquí, por eso preguntaba cómo hacerlo básicamente
Vale: la reventa como negocio no: Estarías pasándote por el forro - La titularidad del servicio - El precio autorizado - El cliente o destinatario permitido. Para el caso que he indicado no sería ilegal, sin embargo. Claro que ese recurso lo usarán muchos revendedores.
De hecho para impedir lo tercero sería obligatorio que las comprara el usuario. Nada de comprar entradas a un amigo.
Yo creo que simplemente debería permitirse la devolución de las entradas, por ejemplo, hasta 48 horas antes del evento. Así la reventa sin ánimo de lucro SERÍA ABSURDA.
¿Hoy si es jueves? Ya tocaba. Tengo reunión de dirección y preveo tormenta. Si me quedo sin curro, me iré a Barcelona con @sexapolar, lo dejo por escrito.
Ayer estuve casi toda la jornada laboral rascándome los webos porque no me habían pasado los nuevos datos a levantar. Hoy son las 9.20 y aún no me han pasado nada tampoco... en fin... viva el estrés xD
Comentarios
Artículo 67:
"2. Queda terminantemente prohibida la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades. Al infractor, además del decomiso de las localidades, se le impondrá una multa, especialmente si se tratará de revendedor habitual o reincidente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de este Reglamento."
SECCIÓN CUARTA.- INFRACCIONES Y SANCIONES
Art. 81. Son infracciones del presente Reglamento:
...
La reventa callejera o ambulante de billetes o localidades o la percepción de sobreprecios superiores a los autorizados.
"Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas."
Es decir que no es excusa que no se prevea la reventa por internet para consentirla, es por ello que las entradas se regalan junto con la venta de un producto diferente, algo que en principio no supone revender la entrada.
http://derechoynormas.blogspot.com.es/2007/06/la-reventa-de-entradas-travs-de.html
Es lícito un intercambio/trueque.
- La titularidad del servicio
- El precio autorizado
- El cliente o destinatario permitido.
Para el caso que he indicado no sería ilegal, sin embargo. Claro que ese recurso lo usarán muchos revendedores.
De hecho para impedir lo tercero sería obligatorio que las comprara el usuario. Nada de comprar entradas a un amigo.
Tengo reunión de dirección y preveo tormenta. Si me quedo sin curro, me iré a Barcelona con @sexapolar, lo dejo por escrito.
Buenos días, caballeros, señoritas y @pixelado
NO
Bueno pues me voy a la guerra un rato. BAE!