El empadronamiento es para demostrar la vivienda habitual, y conforme a eso asignar y repartir los recursos de escala municipal (sanidad, sociales, educación etc). Y para los municipios eso implica aumento/reducción de financiación porque una parte es en función de la población. A nivel de impuestos solo afectará a IBI y poco más, aunque si hay cambio de CCAA también te afectan los cambios tributarios autonómicos en esa parte de la Renta, pero en eso es lo mismo te empadrones en Barcelona o en el último pueblo del pirineo.
Si algún día se os cae el chocho a cachos y tenéis que elegir unas Urgencias a las que ir, elegid las del Hospital del Mar. Hay/Había un uruguayo en trauma cuando me jodí la rodilla que quita el sentío.
Pues eso @castorad. Aunque tengas la vahena que supura tú di que te duele la rodilla.
Aquí el problema es que @sexa va a un cap que no le corresponde, no? Porque por todo lo demás veo que @casto va sin problema ninguno. Y como dice @Newcombe si hay problemas es de la gestión, he buscado y ni siquiera mi cap y el de la safa estan gestionados por el mismo "ente público" aka empresa de los amiguetes de turno.
Pero yo voy al médico de cabecera y ya. Si necesitara una radiografía, o ir a un especialista, no sé qué pasaría. Análisis de sangre, por ejemplo, me dijeron que no me lo podían hacer.
Llego tarde pero bueno, en mi caso viví años en la península y no me empadroné allá porque el descuento en los billetes es muy jugoso, como ya han comentado. De hecho conozco a un hombre que debe llevar ahí 15 años por lo menos y sigue empadronado en Tenerife por eso. En mi caso el desplazamiento temporal me lo hacían por 6 meses pero una vez terminado me dejaban renovarlo otra vez, así que estaba cubierta todo el año, no sé si lo habrán cambiado desde entonces o qué...
En el caso de los insulares os compensa claramente... por eso mismo yo corrí a empadronarme allá, me ahorré una pasta en los viajes que hice a o desde casa.
En mi opinión se ha confundido descentralización con carta blanca para hacer cortijos. un extremeño tiene que pedir tarjeta de desplazado para que le miren un catarro o un esguince o empadronarse, pero un suizo no hace falta porque con la tarjeta sanitaria europea ya facturan a los sistemas sanitarios de los países de origen. En cambio la tarjeta sanitaria vigente de otra comunidad no vale para atención primaria. A un pensionista que se va a pasar el verano a su casa del pueblo no le aceptan la receta electrónica de otra comunidad y tiene que hacer perder tiempo al médico del centro de salud y dinero a los contribuyentes para que haga trabajo de administrativo y le extienda nuevas recetas por un tratamiento que ya le pautó su médico de cabecera en su comunidad de origen. Queréis más? Si os rompéis un pierna cualquier médico verá vuestro historial los últimos análisis y hasta las radiografías siempre y cuando no se os ocurra accidentaros fuera de la CA porque, SORPRESA!, los sistemas no están conectados entre sí y nadie se preocupó por establecer unos estándares a nivel estatal.
Bueno sí, venga. Ni con la tarjeta sanitaria europea está todo solucionado (sí en la teoría, como con una tarjeta de otra comunidad); ni el modelo es injusto por ¿los cortijos? venga, reinos de taifas ya puestos. Porque ni mi propia tarjeta sirve para pedir cita en el centro de salud que tengo cruzando la calle porque mi centro de referencia es otro (tampoco mucho más lejos); me pondrían y me han puesto en otros centros del Sergas exactamente las mismas trabas que si mi tarjeta fuera del Sescam, Sacyl o si fuera portugués. Lo que está es desfasado respecto al tiempo actual , los movimientos y las tecnologías; verle causa política detrás tiene tela.
Si te haces un esguince o rompes una pierna se supone que vas por urgencias, para lo cual no tienes ni qué tener tarjeta sanitaria para que te atiendan. Si te acabas de acatarrar y quieres ir al médico es que eres imbécil. Si quieres que te hagan un seguimiento en el centro de salud de donde veraneas donde no tienen tu historial ni te han visto nunca es que también estás un poquito de lo tuyo. No todas las autonomías ni todas las áreas sanitarias se han adaptado a la historia clínica electrónica, es pedirle peras al olmo y culpar al sistema de autonomías por ello también es un poco enfin. Creo que en los 80 y primeros 90 cuando se fundaron el ICS, Sergas, AVL... nadie pensó en que las cosas iban a tomar esta dirección y por tanto los cruces de datos se consideraban para pacientes con x patología que no puede ser tratado en su hospital de referencia de su C.A. y por tanto lo tienen que operar en otra (pacientes del SESPA se vienen a cirugía de epilepsia a Santiago, por ejemplo). Pero es que ni siquiera había datos cruzados de pacientes de la misma comunidad autonóma por las propias restricciones del sistema a papel.
Ahora cada una está a su ritmo integrándose en el sistema de historia clínica; cuya misión entre otras es poder cruzar los datos de forma mucho más rápida y menos burocrática.
Una receta expedida por un servicio de salud dependiente de la seguridad social podrá cobrarse en cualquier territorio del estado. Para que al fulano le creen nuevas recetas de un tratamiento crónico que está a recibir en su domicilio habitual, el fulano tiene que o pedirselo a su propio médico (por teléfono, sí, se hacen estas cosas); o empadronarse allí donde vaya a estar. Porque ni aunque el sitio de veraneo- pueblo de donde emigró el señor fuera de la misma comunidad autonóma le iban a poder hacer eso porque no es su centro de salud de referencia.
Y para los haters: la justicia sí es "una, grande y libre". Por eso está supertecnificada, todos los juzgados tienen la última tecnología y un sistema perfectamente engrasado en el cuál se cruzan los datos contínuamente y tal.
@newcombe no sé como es el proceso, pero para ciertos tratamientos sí puedes solicitar (en verano mi madre lo hizo) que derivasen sus tratamiento al hospital do Salnés desde su centro en Huelva y todo perfecto. Allí la revisaban y le daban el tratamiento durante en mes y pico que estuvo.
"3 - Ampliación del derecho al sufragio. Proponemos la ampliación de los derechos políticos de los menores y su reconocimiento como iguales a los de los adultos. Los derechos políticos de los niños serán tutelados por los padres o tutores legales mientras sigan siendo menores. Los padres asumen las responsabilidades derivadas de la minoría de edad de sus hijos; por lo tanto han de convertirse también en los depositarios de sus derechos, en este caso, políticos. De este modo, los padres tendrán un derecho al sufragio proporcionado al de los hijos de los que son responsables."
No tengo un catarro, tengo bronquitis y necesito antibióticos. Qué hago, voy a joder a urgencias? No quiero un seguimiento en mi zona de veraneo, pero necesito seguir mi tratamiento crónico y la receta electrónica dispensa para un mes máximo y sí, el médico de cabecera puede ampliar los períodos de dispensación. Pero para más de dos meses te ponen pegas (supongo que porque se las pono a ellos). Qué hago, vuelvo a mi comunidad autónoma para ir a una farmacia? La causa política no la veo en el sistema de autonomías sino en la nula planificación, coordinación y eficiencia cuando se implementan los respectivos sistemas.
Las reagudizaciones de EPOC suelen ir por urgencias, sí. Llamas a tu neumólogo o médico de atención primaria, le cuentas que no puedes estar ahí y que le pides que te renueve el Spiriva, etc. Las recetas expedidas se pueden cobrar en cualquier rincón del estado.
¿Se puede en serio? A mí me han puesto pegas, claro que no era una receta en papel, directamente me han dicho que no iban a poder leer los datos de mi tarjeta sanitaria por ser de otra comunidad, cosa un poco absurda porque los dnis son los mismos para todos y metiéndolo en la máquina de la farmacia también salen los tratamientos que tengo.
Dios mío, en tres posts he pasado de un catarro a una reagudización de EPOC! Me quedan dos telediarios! >:O Elek es que con la receta de talonario ibas a todas partes, pero con la electrónica, a la que vas a una farmacia de otra comunidad te dicen que tararí.
Tampoco lo he probado en muchísimas farmacias, a lo mejor los de las que fui eran gilipollas, pero me dieron a entender que eso no se podía hacer.
Me interesa saber si se puede o no, que con un par de tratamientos crónicos es un poco coñazo al viajar, a veces he tenido que comprar las pastillas en mi CA sin receta (porque aún no había pasado un mes de la anterior caja), guardar el ticket y al volver del viaje ir a la farmacia a que me devuelvan la diferencia. Saber que de verdad puedo comprar las pastillas en la CA que sea con mi tarjeta me sería mucho más cómodo.
Vamos a ver menda, el ejemplo del catarro lo pusiste tú. Luego me dijiste que bronquitis , y que el tratamiento crónico blabla. = EPOC. Gracias, un beso.
@elek Desconozco si hay trabas o no respecto a retirar fármacos recetados por receta electrónica; en la teoría deberías poder retirarlos igual; si no te lo permiten es que el Ministerio aún no ha puesto en comunicación esos dos sistemas de salud (es competencia ministerial). Pero bueno, también el 2010 era el tope de fecha para que todo el mundo andase con historia electrónica y eso no ha sucedido aún en todas las áreas sanitarias y sistemas, las cosas van como van y para las competencias que tiene el ministerio se la rasca a cuatro manos. Tú exígelo porque estás en tu perfecto derecho.
y @ramone , es que me dedico a esto. Aparte de a sentenciar xD
En cualquier momento el médico podrá volver a cambiar a un paciente a receta tradicional de papel, si se estima oportuno o necesario.
Pacientes en receta electrónica pueden acudir a la Oficina de Farmacia también con recetas de papel , de estupefacientes , o de medicamentos que necesitan visados
A día de hoy las recetas electrónicas de cada comunidad autónoma no son interoperables entre sí. Por ello, a un paciente que es té en receta electrónica de fuera de la Comunidad de Madrid (CAM) no se le podrá dispensar electrónicamente en ninguna farmacia de la CAM (aunque la farmacia esté incluida en receta electrónica), y viceversa (ninguna farmacia de fuera de la CAM podrá dispensar una receta electrónica de la CAM). El ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se ha fijado el 1 de enero de 2015 como la fecha límite prevista para la plena implantación de la receta electrónica interoperable para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Sí es obligatorio en cambio dispensar todas las recetas en papel válidas de cualquier otra comunidad autónoma , adhiriendo la correspondiente pegatina IPAF y dispensando en contingencia.
Si un paciente ya incluido en receta electrónica de la CAM va a viajar, el médico puede imprimir hasta tres meses en receta papel con sus correspondientes fechas previstas de dispensación, sin sacar al paciente de receta electrónica . Una vez se agoten las recetas así impresas, se le seguirá dispensando con receta electrónica con la cadencia prevista sin necesidad de acudir a la consulta del médico.
Pacientes crónicos – prescripciones dispensables por un máximo de 1 año sin necesidad de acudir a la consulta, divididos en periodos de 28 días (1 año => 13 periodos de 28 días
Comentarios
10:25AM Flag
Pero yo hago la declaración aquí y mi domicilio fiscal es aquí.
"Amerginh
11:33AM
Y empadronarse no implica que dejéis de ser andaluces ni nada ¿eh?"
jajajaja en serio @amer no puedo con tus explicaciones
A nivel de impuestos solo afectará a IBI y poco más, aunque si hay cambio de CCAA también te afectan los cambios tributarios autonómicos en esa parte de la Renta, pero en eso es lo mismo te empadrones en Barcelona o en el último pueblo del pirineo.
Si algún día se os cae el chocho a cachos y tenéis que elegir unas Urgencias a las que ir, elegid las del Hospital del Mar.
Hay/Había un uruguayo en trauma cuando me jodí la rodilla que quita el sentío.
Pues eso @castorad. Aunque tengas la vahena que supura tú di que te duele la rodilla.
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Pues no. Me caí a la salida de Razz por ir bien cocida. beExITus.
Hagamos que esto vuelva a su cauce.
un extremeño tiene que pedir tarjeta de desplazado para que le miren un catarro o un esguince o empadronarse, pero un suizo no hace falta porque con la tarjeta sanitaria europea ya facturan a los sistemas sanitarios de los países de origen.
En cambio la tarjeta sanitaria vigente de otra comunidad no vale para atención primaria.
A un pensionista que se va a pasar el verano a su casa del pueblo no le aceptan la receta electrónica de otra comunidad y tiene que hacer perder tiempo al médico del centro de salud y dinero a los contribuyentes para que haga trabajo de administrativo y le extienda nuevas recetas por un tratamiento que ya le pautó su médico de cabecera en su comunidad de origen.
Queréis más?
Si os rompéis un pierna cualquier médico verá vuestro historial los últimos análisis y hasta las radiografías siempre y cuando no se os ocurra accidentaros fuera de la CA porque, SORPRESA!, los sistemas no están conectados entre sí y nadie se preocupó por establecer unos estándares a nivel estatal.
Si te haces un esguince o rompes una pierna se supone que vas por urgencias, para lo cual no tienes ni qué tener tarjeta sanitaria para que te atiendan. Si te acabas de acatarrar y quieres ir al médico es que eres imbécil. Si quieres que te hagan un seguimiento en el centro de salud de donde veraneas donde no tienen tu historial ni te han visto nunca es que también estás un poquito de lo tuyo. No todas las autonomías ni todas las áreas sanitarias se han adaptado a la historia clínica electrónica, es pedirle peras al olmo y culpar al sistema de autonomías por ello también es un poco enfin. Creo que en los 80 y primeros 90 cuando se fundaron el ICS, Sergas, AVL... nadie pensó en que las cosas iban a tomar esta dirección y por tanto los cruces de datos se consideraban para pacientes con x patología que no puede ser tratado en su hospital de referencia de su C.A. y por tanto lo tienen que operar en otra (pacientes del SESPA se vienen a cirugía de epilepsia a Santiago, por ejemplo). Pero es que ni siquiera había datos cruzados de pacientes de la misma comunidad autonóma por las propias restricciones del sistema a papel.
Ahora cada una está a su ritmo integrándose en el sistema de historia clínica; cuya misión entre otras es poder cruzar los datos de forma mucho más rápida y menos burocrática.
Y para los haters: la justicia sí es "una, grande y libre". Por eso está supertecnificada, todos los juzgados tienen la última tecnología y un sistema perfectamente engrasado en el cuál se cruzan los datos contínuamente y tal.
Me meo.
No quiero un seguimiento en mi zona de veraneo, pero necesito seguir mi tratamiento crónico y la receta electrónica dispensa para un mes máximo y sí, el médico de cabecera puede ampliar los períodos de dispensación. Pero para más de dos meses te ponen pegas (supongo que porque se las pono a ellos). Qué hago, vuelvo a mi comunidad autónoma para ir a una farmacia?
La causa política no la veo en el sistema de autonomías sino en la nula planificación, coordinación y eficiencia cuando se implementan los respectivos sistemas.
Dios mío, en tres posts he pasado de un catarro a una reagudización de EPOC! Me quedan dos telediarios! >:O
Elek es que con la receta de talonario ibas a todas partes, pero con la electrónica, a la que vas a una farmacia de otra comunidad te dicen que tararí.
Me interesa saber si se puede o no, que con un par de tratamientos crónicos es un poco coñazo al viajar, a veces he tenido que comprar las pastillas en mi CA sin receta (porque aún no había pasado un mes de la anterior caja), guardar el ticket y al volver del viaje ir a la farmacia a que me devuelvan la diferencia. Saber que de verdad puedo comprar las pastillas en la CA que sea con mi tarjeta me sería mucho más cómodo.
@elek Desconozco si hay trabas o no respecto a retirar fármacos recetados por receta electrónica; en la teoría deberías poder retirarlos igual; si no te lo permiten es que el Ministerio aún no ha puesto en comunicación esos dos sistemas de salud (es competencia ministerial). Pero bueno, también el 2010 era el tope de fecha para que todo el mundo andase con historia electrónica y eso no ha sucedido aún en todas las áreas sanitarias y sistemas, las cosas van como van y para las competencias que tiene el ministerio se la rasca a cuatro manos. Tú exígelo porque estás en tu perfecto derecho.
y @ramone , es que me dedico a esto. Aparte de a sentenciar xD
En cualquier momento el médico podrá volver a cambiar a un paciente a receta tradicional de papel, si se estima oportuno o necesario.
Pacientes en receta electrónica pueden acudir a la Oficina de Farmacia
también con recetas de papel , de estupefacientes , o de medicamentos
que necesitan visados
A día de hoy las recetas electrónicas de cada comunidad autónoma
no son interoperables entre sí. Por ello, a un paciente que es
té en receta electrónica de fuera de la Comunidad de Madrid (CAM) no se le podrá dispensar electrónicamente en ninguna farmacia de la CAM (aunque la farmacia esté incluida en receta electrónica), y viceversa (ninguna farmacia de fuera de la CAM podrá dispensar una receta electrónica de la CAM). El ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se ha fijado el 1 de enero de 2015 como la fecha límite prevista para la plena implantación de la receta electrónica interoperable para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS).
Sí es obligatorio en cambio dispensar todas las recetas en papel válidas de cualquier otra comunidad autónoma , adhiriendo la correspondiente pegatina IPAF y dispensando en contingencia.
Si un paciente ya incluido en receta electrónica de la CAM va a viajar, el médico puede imprimir hasta tres meses en receta papel con sus correspondientes fechas previstas de dispensación, sin sacar al paciente
de receta electrónica . Una vez se agoten las recetas así impresas, se le
seguirá dispensando con receta electrónica con la cadencia prevista sin
necesidad de acudir a la consulta del médico.
Pacientes crónicos
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prescripciones dispensables por un máximo de 1 año sin necesidad de acudir a la consulta, divididos en periodos de 28 días
(1 año => 13 periodos de 28 días